Errores comunes al declarar criptoactivos: qué no hacer en la Renta 2024

custodia de criptomonedas

Errores comunes al declarar criptoactivos: qué no hacer en la Renta 2024

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Una correcta declaración de criptoactivos en la Renta no solo exige conocer qué operaciones tributan, sino también evitar los errores más frecuentes que suelen cometer los contribuyentes. A continuación, se abordan los tres fallos más habituales entre los inversores en criptomonedas.

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1. “No lo he vendido a euros, así que no tengo que declararlo”

❌ Error.
Este es probablemente uno de los malentendidos más extendidos. Si bien muchos creen que solo deben declarar cuando convierten sus criptoactivos a euros, la realidad fiscal es clara: cualquier permuta entre criptomonedas —por ejemplo, cambiar bitcoin por ethereum, o ethereum por un NFT— se considera una transmisión patrimonial y genera una ganancia o pérdida que debe declararse en la Renta.

Importante: no importa si el dinero no se ha ingresado en una cuenta bancaria tradicional. Lo que importa es si ha habido una alteración en el patrimonio.

2. “Como lo tengo en un exchange extranjero, Hacienda no se entera”

❌ Falso.
Tener los activos en exchanges con sede fuera de España no exime de declarar. Hacienda no distingue la residencia de la plataforma, y el contribuyente sigue siendo responsable de declarar toda su operativa mundial.

La obligación fiscal recae sobre la persona física con residencia fiscal en España, independientemente de dónde se encuentren sus criptoactivos o en qué plataforma opere.

3. “He perdido valor en mi cartera, así que tengo pérdidas y no declaro nada”

⚠️ Cuidado.
La caída del valor de una cartera no implica automáticamente una pérdida patrimonial a efectos fiscales. Las pérdidas solo son deducibles cuando se han materializado. Es decir, deben haberse ejecutado mediante una venta o permuta para que puedan computarse en la declaración.

Hasta que no se realiza una operación que cristaliza esa pérdida, no se puede declarar ni compensar con otras ganancias.

En caso de materializarse, las pérdidas pueden compensarse en el ejercicio fiscal correspondiente o en los cuatro años siguientes, tanto con otras ganancias en cripto como con rendimientos tradicionales que tributen en la misma base.

Lo que Hacienda espera: claridad, trazabilidad y justificación

En la declaración de la Renta, lo relevante no es cuántas criptomonedas se poseen, sino qué se ha hecho con ellas. Si ha habido una alteración del patrimonio —ya sea por operaciones de compraventa, permutas, recompensas, staking o pérdidas por estafas—, debe declararse.

Para ello, es fundamental:

  • Llevar un seguimiento exhaustivo de todas las operaciones.

  • Utilizar herramientas especializadas de trazabilidad (como las que empleamos en Modo Cripto).

  • Conservar documentación justificativa, capturas, históricos y registros.

Y, sobre todo, contar con acompañamiento profesional si no se domina la normativa. En Modo Cripto acompañamos tanto a nuevos inversores como a perfiles experimentados en la adecuada declaración de sus operaciones cripto, ofreciendo un asesoramiento riguroso, actualizado y personalizado.

¿Qué operaciones sí se deben declarar?

Deben incluirse en la declaración todas aquellas que hayan generado una alteración en la composición del patrimonio: compraventas, permutas entre criptomonedas, intercambios por bienes o servicios, recompensas por staking o por aportar liquidez, y ganancias por airdrops. También deben declararse los ingresos por actividades como minería o los beneficios obtenidos por la venta de NFTs. En cada caso, se deberá calcular la ganancia o pérdida resultante, considerando el valor de adquisición y el de transmisión.

Asimismo, deben incluirse las pérdidas cuando hayan sido efectivamente realizadas, ya que permiten compensar otras ganancias. Esto puede suponer una ventaja fiscal significativa, especialmente si se planifica correctamente. En cambio, mantener criptomonedas sin moverlas (holdear) o transferirlas entre billeteras propias no genera, por sí solo, una obligación de tributar en el IRPF, aunque sí puede tener implicaciones en otros modelos como el 721 o en el Impuesto sobre el Patrimonio.


Este contenido forma parte de la serie de guías prácticas de Modo Cripto sobre fiscalidad en la Renta 2024. En los próximos capítulos abordaremos los errores más frecuentes al declarar, las implicaciones de los modelos informativos y cómo utilizar CoinTracking para organizar tu operativa.

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